Tras la modificación del Anexo del referido real decreto, las personas trabajadoras que tengan espina bífida podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años, sin que esto suponga una reducción de la cuantía de su pensión siempre que cumplan los siguientes requisitos:
En estos casos, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el cálculo del importe de la pensión de jubilación.
Para lograr este hito, FEBHI constituyó una comisión de trabajo específica dentro de su Consejo Estatal y coordinó esfuerzos junto a COCEMFE. Fruto de esta labor de investigación, se recopilaron 13 trabajos científicos y 10 informes médicos de expertos que sustentan empíricamente el impacto de la enfermedad:
FEBHI celebra la inclusión de la espina bífida en el Real Decreto que regula la jubilación anticipada.
«Hoy (30 de julio de 2026) es un día histórico para las personas con espina bífida y sus familias en España. La inclusión en este Real Decreto es un acto de justicia social que reconoce el esfuerzo extraordinario que realizan estas personas en su vida laboral activa frente a un envejecimiento prematuro y graves secuelas de salud. Agradecemos el apoyo institucional y el trabajo conjunto de COCEMFE y de las entidades integradas en FEBHI que han hecho posible este logro», declara Carmen Gil, presidenta de la Federación.